Inmigración

Visas Golden

¿A quién se destina?

Está dirigido a ciudadanos extranjeros que deseen invertir en Portugal y, a través de esta inversión, obtener un permiso de residencia, así como a sus familiares cercanos.

Requisitos:

Para obtener un Visa Gold, el inversor debe, entre otros requisitos, demostrar que ha realizado una de las siguientes inversiones:

Transferencia de capital

  • Por un importe igual o superior a 500.000 aplicado a la adquisición de participaciones en instituciones de inversión colectiva no inmobiliarias (Fondos de Inversión), con un plazo de vencimiento de al menos cinco años en la fecha de la inversión y con al menos el 60% del valor de las inversiones realizadas en sociedades mercantiles radicadas en Portugal.

Creación de empleo

  • Creación de al menos 10 puestos de trabajo (el número puede reducirse a 8 en zonas de baja densidad);
  • En un importe igual o superior a 500.000 aplicado a la constitución de una sociedad comercial con domicilio social en Portugal, combinado con la creación de cinco puestos de trabajo permanentes;
  • En un importe igual o superior a 500.000 aplicado a la ampliación del capital social de una sociedad comercial con domicilio social en Portugal, combinado con la creación de cinco puestos de trabajo permanentes durante un período mínimo de tres años;
  • Un importe igual o superior a 500.000 aplicado al aumento del capital social de una sociedad comercial con domicilio social en Portugal, combinado con la creación de cinco puestos de trabajo permanentes, durante un período mínimo de tres años;
  • Un importe igual o superior a 500.000 aplicado al aumento del capital social de una sociedad comercial con domicilio social en Portugal, combinado con el mantenimiento de 10 puestos de trabajo (con un mínimo de 5 puestos de trabajo permanentes), durante un período mínimo de tres años.

Apoyo a las artes y la investigación

  • Un importe igual o superior a 250.000 aplicado a proyectos (previamente aprobados) de producción artística o de recuperación y mantenimiento del patrimonio cultural portugués (el importe de la inversión puede reducirse a 200.000 en territorios de baja densidad);
  • Un importe igual o superior a 500.000 aplicado a actividades de investigación científica gestionadas por organismos acreditados (el importe de la inversión puede reducirse a 400.000 en territorios de baja densidad);

Nota: el término «territorio de baja densidad» se refiere a los lugares incluidos en una lista publicada por el Gobierno con menos de 100 habitantes por kilómetro cuadrado o con un producto interior bruto (PIB) per cápita inferior al 75 % de la media nacional.

Proceso:

Paso 1 – Inversión y presentación de la solicitud

Una vez realizada la inversión, se puede presentar la solicitud, previa aprobación de la AIMA (Agencia de Migración, Integración y Asilo).

Paso 2 – Solicitar un permiso de residencia

Una vez que la solicitud ha sido preaprobada y hay plazas disponibles, el solicitante y su familia deben acudir a una cita con la AIMA (Agencia de Integración Migratoria y Asilo) para facilitar información actualizada y recoger datos biométricos (fotografía, huellas dactilares y firma).

Paso 3 – Aprobación de la solicitud de permiso de residencia

A continuación, la AIMA (Agencia de Migración, Integración y Asilo) realizará un análisis detallado de la solicitud de permiso de residencia y, si se aprueba, solicitará el pago de las tasas correspondientes.

Paso 4 – Recibir la tarjeta de residencia

Una vez abonadas las tasas, se enviará la tarjeta de residencia al domicilio social del solicitante en Portugal.

La tarjeta de residencia tiene una validez de 2 años. Al cabo de estos 2 años, puede renovarse cada 2 años, momento en el que se evaluarán las inversiones en función de su impacto en la actividad científica y cultural y el fomento de la inversión extranjera directa y la creación de empleo.

Al cabo de 5 años, puede optar por solicitar un permiso de residencia permanente y/o la nacionalidad portuguesa.

Nota: la inversión debe mantenerse durante un mínimo de 5 años y deben respetarse los períodos mínimos de estancia en Portugal, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de residencia:

  • 7 días, consecutivos o interpolados, en el primer año;
  • y 14 días, consecutivos o interpolados, en los dos años siguientes.

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