Está dirigido a ciudadanos de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP). Los países miembros de la CPLP son: Angola, Brasil, Cabo Verde, Guinea-Bissau, Mozambique, Portugal y Santo Tomé y Príncipe, Timor Oriental y Guinea Ecuatorial.
El proceso de legalización comienza con la obtención de una visa de residencia, que tiene como objetivo permitir a su titular ingresar a Portugal para solicitar una autorización de residencia.
La solicitud de una visa de residencia CPLP tendrá que cumplir diferentes requisitos según el perfil del Solicitante, es decir, según se trate de Emprendedores, Inversores, Trabajadores, Estudiantes o titular de ingresos pasivos.
1.° paso – Solicitud de visa
La visa de residencia temporal se deberá solicitar en el Consulado portugués del país de residencia o nacionalidad.
La visa emitida da derecho a 2 entradas en Portugal y es válida por 120 días, durante los cuales el titular debe viajar a Portugal.
2° Paso – Solicitud de autorización de residencia
Después de ingresar a Portugal, el Solicitante deberá realizar una entrevista con el Servicio de Extranjería y Fronteras (SEF), para la recopilación de datos biométricos (fotografía, huellas dactilares y firma).
3º Paso – Recepción de la tarjeta de residencia
Después de la entrevista, la tarjeta de residencia será enviada a la dirección del Solicitante en Portugal.
Nota: el tiempo estimado para completar todo el proceso dependerá de muchos factores, pero en promedio serán alrededor de 8-9 meses entre el momento en que se solicita la visa y se recibe la tarjeta de residencia.
La tarjeta de residencia tiene una validez de 2 años. Al final de estos 2 años, puede renovar por 3 años adicionales. Al final de los 5 años, puede optar por solicitar un permiso de residencia permanente o la nacionalidad portuguesa.
Para obter um visto de procura de trabalho, o requerente terá, entre outros requisitos, de apresentar uma declaração de manifestação de interesse para inscrição no Instituto de Emprego e Formação Profissional (IEFP).
Paso 1 – Solicitud de visado
El visado debe solicitarse en el Consulado portugués del país (y Estado Federal, en su caso) de residencia.
El visado expedido da derecho a una entrada en Portugal y tiene una validez de 120 días, prorrogables por otros 60, durante los cuales el titular debe viajar a Portugal para buscar trabajo.
El titular está autorizado a trabajar durante este periodo o hasta que se le conceda el permiso de residencia, si firma un contrato de trabajo con una entidad con sede en Portugal.
Si el solicitante no encuentra trabajo en los 180 días permitidos, debe abandonar Portugal, pero puede volver a solicitarlo un año después.
Paso 2 – Solicitar el permiso de residencia
Después de entrar en Portugal, el solicitante tendrá que acudir a una cita en la AIMA (Agencia de Integración Migratoria y Asilo) para presentar una copia firmada del contrato de trabajo y recoger datos biométricos (fotografía, huellas dactilares y firma).
Paso 3 – Recibir la tarjeta de residencia
Después de la cita, se enviará la tarjeta de residencia al domicilio social del solicitante en Portugal.
La tarjeta de residencia tiene una validez de 2 años. Al final de estos 2 años, puede renovarse por otros 3 años. Al final de los 5 años, puede optar por solicitar un permiso de residencia permanente o la nacionalidad portuguesa.
Los nacionales de Estados en los que esté en vigor el Acuerdo CPLP y que hayan entrado legalmente en territorio nacional pueden solicitar un permiso de residencia CPLP a la AIMA (Agencia de Integración Migratoria y Asilo).
Paso 1 – Entrada en Portugal
Después de entrar en Portugal, el solicitante debe presentar su solicitud en un portal gestionado por la AIMA (Agencia de Integración Migratoria y Asilo) para solicitar un permiso de residencia CPLP.
Paso 2 – Expedición del permiso de residencia para ciudadanos de la CPLP
Una vez presentada la solicitud, se emitirá en línea un Certificado de Concesión de Permiso de Residencia para ciudadanos de la CPLP en formato digital.
El Certificado de Permiso de Residencia para ciudadanos de la CPLP se expide por un período inicial de un año y no permite por sí mismo la libre circulación en el espacio Schengen.
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