Hoy se ha votado a favor la propuesta de Ley nº 19/XV, que realiza la 10ª modificación de la Ley nº 23/2007, de 4 de julio (Ley de Extranjería) que prevé, entre otras cosas, la creación de un nuevo tipo de visado: El Visa para buscar trabajo.
¿Qué es una visa de búsqueda de empleo?
El visado de búsqueda de empleo da derecho al titular a entrar y permanecer en Portugal con el fin de buscar trabajo y autoriza al titular a realizar una actividad laboral dependiente, hasta que expire el visado o hasta que se conceda un permiso de residencia.
¿Quién puede obtener una visa de búsqueda de empleo?
Ciudadanos de terceros Estados que deseen buscar empleo en Portugal y residan legalmente aquí como trabajadores subordinados; o prestadores de servicios -excluidos los profesionales autónomos- que desarrollen su actividad de forma individual.
¿Por cuánto tiempo es válida la visa de búsqueda de empleo?
Esta visa es válida por 120 días y se puede extender por otros 60 días.
Al final del período de 180 días, si el titular aún no ha firmado un contrato de trabajo y solicitado un permiso de residencia, tendrá que abandonar el país.
Solo se le permite solicitar una nueva visa de búsqueda de empleo después de 1 año a partir de la fecha de vencimiento de la visa anterior.
¿Cómo puede el titular de esta visa obtener un permiso de residencia en Portugal?
Al obtener la visa, su titular tendrá acceso inmediato a la fecha de la cita en SEF en Portugal. Si ya ha formalizado su relación laboral antes de la fecha del citado nombramiento y siempre que cumpla los requisitos generales, puede adquirir un permiso de residencia en Portugal.
Esta autorización de residencia tendrá una validez de dos años a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de residencia y será renovable por periodos sucesivos de tres años.
Luego de la presente aprobación del referido proyecto de ley, se seguirá el trámite legislativo posterior que, de entrada, culminará, en un futuro próximo, con la publicación de la referida reforma legislativa en el Diário da República y posterior entrada en vigencia de la referida reforma. Todavía habrá espacio para la necesaria regulación legislativa.