Hoy se ha votado a favor la propuesta de Ley nº 19/XV, que realiza la 10ª modificación de la Ley nº 23/2007, de 4 de julio (Ley de Extranjería) que prevé, entre otras cosas, la creación de un nuevo tipo de visado: el visado para trabajadores a distancia.
¿Qué es una visa de trabajador remoto?
Este tipo de visa da derecho a su titular a residir en Portugal con el fin de trabajar aquí, incluso a distancia, para una persona física o jurídica con domicilio o sede fuera del territorio nacional.
¿Quién puede obtener este tipo de visa?
Ciudadanos de Terceros Estados que acrediten una relación laboral o prestación de servicios que les permita trabajar en forma subordinada o independiente -según el caso- para una empresa, o persona física domiciliada o con sede fuera del territorio nacional.
Algunas de las ventajas que puede tener el titular de la visa de trabajador remoto son:
- Reunificación familiar;
- Obtener la Condición de Residente No Habitual;
- Beneficiarse de un sistema de salud calificado y accesible; y
- Acceso a la ley ya los tribunales.
Luego de la presente aprobación del referido proyecto de ley, se seguirá el trámite legislativo posterior que, de entrada, culminará, en un futuro próximo, con la publicación de la referida reforma legislativa en el Diário da República y posterior entrada en vigencia de la referida reforma. Todavía habrá espacio para la necesaria regulación legislativa.