Incentivo Fiscal para la Investigación Científica e Innovación en 2024
¿Para quién es?
Para las personas que se conviertan en residentes en Portugal y que no hayan residido aquí en los últimos cinco años.
¿Qué es el NHR 2.0?
Es un estatuto fiscal que otorga un beneficio en términos de IRS – Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas – y consiste en una tributación a una tasa especial del 20% sobre los ingresos del trabajo obtenidos en el ámbito de las actividades mencionadas a continuación, durante un período de 10 años consecutivos a partir del año de su inscripción como residente en Portugal.
Requisitos para obtener el NHR 2.0
Para beneficiarse del NHR 2.0, las personas deben obtener ingresos derivados de las siguientes actividades:
a) Docencia en educación superior e investigación científica, incluyendo empleo científico en entidades, estructuras y redes dedicadas a la producción, difusión y transmisión de conocimientos, integradas en el sistema nacional de ciencia y tecnología, así como puestos de trabajo y miembros de órganos sociales en entidades reconocidas como centros de tecnología e innovación;
b) Puestos de trabajo calificados y miembros de órganos sociales en el ámbito de los beneficios contractuales para la inversión productiva;
c) Profesiones altamente calificadas desarrolladas en:
i) Empresas con aplicaciones relevantes, en el ejercicio del inicio de funciones o en los cinco ejercicios anteriores, que se beneficien o hayan beneficiado del régimen fiscal de apoyo a la inversión; o,
ii) Empresas industriales y de servicios, con un ámbito de actividad específico y que exporten, al menos, el 50% de su volumen de negocios, en el ejercicio del inicio de funciones o en cualquiera de los dos ejercicios anteriores;
d) Otros puestos de trabajo calificados y miembros de órganos sociales, en entidades que ejerzan actividades económicas reconocidas por AICEP, EPE, o por IAPMEI, IP, como relevantes para la economía nacional, especialmente la atracción de inversión productiva y la reducción de las asimetrías regionales;
e) Investigación y desarrollo de personal cuyos costos sean elegibles para fines del sistema de incentivos fiscales en investigación y desarrollo empresarial;
f) Puestos de trabajo y miembros de órganos sociales en entidades certificadas como startups; o
g) Puestos de trabajo u otras actividades desarrolladas por residentes fiscales en las Regiones Autónomas de Azores y Madeira.
Proceso de obtención del NHR 2.0
Para obtener el NHR 2.0, el individuo deberá inscribirse como beneficiario de este Estatuto ante las siguientes entidades, según las actividades relevantes desarrolladas (artículo 58.º-A/1):
- Fundação para a Ciência e Tecnologia, I. P. (FCT);
- Agência para o Investimento e Comércio Externo de Portugal (AICEP);
- Autoridade Tributária e Aduaneira (AT);
- Agência para a Competitividade e Inovação, I.P. (IAPMEI);
- Agência Nacional de Inovação, S.A. de Startup Portugal y de las Regiones Autónomas de Azores y Madeira.
¿Cómo mantener el NHR 2.0 durante los 10 años?
El derecho a ser gravado conforme a este régimen, durante 10 años, depende de que el individuo sea considerado fiscalmente residente en territorio portugués, en cualquier momento de ese año, y de continuar percibiendo, cada año, ingresos enmarcados en el ejercicio de una de las actividades previamente identificadas.
Se considera que el individuo continúa percibiendo ingresos enmarcados en una de las actividades relevantes siempre que el inicio del ejercicio de la nueva actividad ocurra dentro de un plazo máximo de seis meses después del término de la actividad ejercida anteriormente.
¿Si el individuo no cumple los requisitos para mantener el NHR 2.0 en alguno de los años, pierde el derecho a beneficiarse del Estatuto en los años siguientes?
El individuo que no haya disfrutado del derecho a ser gravado bajo este régimen, en uno o más años del período de concesión, puede retomar dicho derecho en cualquiera de los años restantes, a partir del año, inclusive, en que vuelva a ser considerado residente a efectos fiscales en Portugal y vuelva a percibir ingresos enmarcados en el ejercicio de una de las actividades relevantes.
¿Quién no puede beneficiarse del NHR 2.0?
No pueden beneficiarse de este nuevo régimen, los individuos que:
a) Se beneficien o hayan beneficiado del Estatuto de Residente No Habitual (RNH);
b) Hayan sido beneficiarios del Programa Regressar.