Los nietos o bisnietos de portugueses que tienen una conexión efectiva con la comunidad portuguesa tienen derecho a la nacionalidad portuguesa por origen.
Esto significa que, después de obtener la nacionalidad, estos nietos podrán transmitir la nacionalidad portuguesa a su familia, es decir, cónyuges e hijos.
Los nietos o bisnietos de portugueses que obtuvieron la nacionalidad portuguesa por naturalización tienen, desde junio de 2017, la posibilidad de solicitar la «convolción» de su nacionalidad en atribución y así pasar a los descendientes.
¿Procedimientos previos?
- Localizar el certificado de nacimiento del antepasado portugués en segundo grado en Portugal y confirmar que no perdió la nacionalidad portuguesa.
- Verificar el establecimiento de la filiación durante la minoría de edad portuguesa al progenitor solicitante a la luz de la legislación portuguesa vigente en la fecha de nacimiento.*
- Si el matrimonio del ascendiente portugués se celebró en el extranjero, es necesario transcribir este matrimonio a Portugal para establecer la filiación (hay algunas excepciones a esta regla).
¿Cuáles son las condiciones?
- Demostrar la ausencia de condena por un delito castigado con pena de prisión de un máximo de 3 años o más según la legislación portuguesa;
- Demostrar una conexión efectiva con la comunidad portuguesa – demostrando un conocimiento suficiente de la lengua portuguesa.
Documentos requeridos:
(esta es una lista puramente informativa e indicativa, sujeta a cambios en casos específicos)
Para el proceso de asignación:
- Certificado de nacimiento del antepasado portugués;
- Certificado de nacimiento del solicitante;
- Certificado de nacimiento del padre o de la madre que sea descendiente directo del ciudadano portugués;
- Fotocopia del documento de identidad del solicitante
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y de la nacionalidad y también de todos los países en los que el solicitante haya vivido después de los 16 años;
- Acreditar un conocimiento suficiente de la lengua portuguesa.
* Es necesario probar el establecimiento de la afiliación durante la minoría del solicitante sobre la legislación portuguesa vigente en la fecha de nacimiento, dado que en las últimas décadas se han producido muchos cambios en la legislación de registro civil y, por lo tanto, cada caso debe examinarse cuidadosamente.
Aunque los consulados/embajadas pueden recibir y preparar este tipo de proceso, no son competentes para decidir, por lo que simplemente funcionan como una «oficina de correos» y envían el proceso a Lisboa, donde está el único sector competente para decidir estos procesos. Por lo tanto, iniciar el proceso en el consulado no es una opción segura, no sólo por el retraso adicional al proceso, sino porque puede dar al Solicitante una falsa sensación de seguridad en el tratamiento del proceso, cuando en realidad el Consulado no puede y no será responsable de información incorrecta o cualquier otro problema con el proceso, por lo que aconsejamos a todos que inicien el proceso directamente en Portugal en el Conservatorio de Registros Centrales.