El Registro Central de Titulares Efectivos (RCBE) identifica a todas las personas físicas que ostenten la titularidad o el control efectivo de las personas jurídicas, tanto si dicha titularidad o control se ejerce directa como indirectamente.
La presentación de la declaración RCBE se puede realizar por medios electrónicos, es decir, a través de:
a) Certificado digital de tarjeta ciudadana;
b) Llave Móvil Digital;
c) Certificado de legitimidad profesional, en el caso de abogados, notarios y procuradores;
d) Sistema de autenticación de la Autoridad Tributaria, en el caso de contadores certificados;
e) Sistema de Certificación de Atributos Profesionales.
Todas las sociedades mercantiles constituidas en Portugal y las sucursales de entidades extranjeras están obligadas a realizar la declaración RCBE, a partir de la fecha efectiva del registro mercantil de constitución de la sociedad o del registro del establecimiento de la sucursal. Asimismo, las entidades extranjeras que deseen abrir una cuenta bancaria en Portugal deberán, previa inscripción de la entidad en el Registro Nacional de Personas Jurídicas, presentar la declaración RCBE. El plazo de presentación es de 30 días después de las respectivas inscripciones. Sin embargo, parece que, en la práctica, la presentación del RCBE debería hacerse lo más rápido posible, dado que es un documento necesario para que los bancos puedan abrir cuentas bancarias asociadas a estas entidades.
Los cambios realizados en la estructura de las sociedades constituidas en Portugal (por ejemplo, salida/entrada de nuevos socios, renuncia/reemplazo/designación de nuevos gerentes), o en las sucursales, deben actualizarse, lo que debe hacerse dentro de los 30 días siguientes al cambio.
Las declaraciones RCBE deberán ser confirmadas anualmente, hasta el 15 de julio de cada año. La declaración inicial y las actualizaciones son gratuitas, salvo que se presenten fuera del plazo legal, en cuyo caso tendrán un coste de 35 EUR.